Recogemos hoy en el blog un artículo publicado en la Revista Española de Sanidad Penitenciaria sobre un problema que preocupa a los pacientes y familiares afectados por TLP:  las personas con una enfermedad mental grave, sin conciencia de ésta y en los que el abandono terapéutico supone graves consecuencias como recaídas u hospitalizaciones y que tienen que pasar por un tratamiento ambulatorio involuntario (TAI). La aplicación de esta medida siempre se encuentra en el centro de una polémica y precisa una regulación en España.

El objetivo de este artículo es “Recoger la opinión de los psiquiatras clínicos y médicos internos residentes en psiquiatría acerca del tratamiento ambulatorio involuntario y su regulación legislativa”.

La conclusión: “La gran mayoría de los clínicos ve necesaria la regulación legislativa del tratamiento ambulatorio involuntario en España, al considerarlo beneficioso para el enfermo mental grave y su familia”.

Sus autores: Moleón Ruiz A, trabaja en el Complejo Hospitalario Universitario de Huelva. Moleón Ruiz A es médico forense en excedencia.

Esta es la referencia completa:

Moleón Ruiz A, Moleón Ruiz A. Opinión de los psiquiatras sobre el tratamiento ambulatorio involuntario. Rev Esp Sanid Penit. 2020;22(1):41-48

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Licenciada en Geografía e Historia. Ha trabajado como bibliotecaria en el Hospital Universitario de Badajoz. En la actualidad, jubilada y vocal en Aexfatp, Asociación Extremeña de Familiares y Afectados por Trastorno de Personalidad.

Matilde De La Cruz Solis

Matilde De La Cruz Solis

Licenciada en Geografía e Historia. Ha trabajado como bibliotecaria en el Hospital Universitario de Badajoz. En la actualidad, jubilada y vocal en Aexfatp, Asociación Extremeña de Familiares y Afectados por Trastorno de Personalidad.

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